{"id":16885,"date":"2019-10-14T12:31:14","date_gmt":"2019-10-14T12:31:14","guid":{"rendered":"https:\/\/taoapartamentos.com\/politica-de-privacidad\/"},"modified":"2022-01-04T10:43:20","modified_gmt":"2022-01-04T10:43:20","slug":"politica-de-privacidad","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/taoapartamentos.com\/en\/politica-de-privacidad\/","title":{"rendered":"Pol\u00edtica de Privacidad"},"content":{"rendered":"<p>INVERLOBOS, S.L., con C.I.F. B- 35412329, le informa que, conforme dispone los art\u00edculos 5, 12 y 13 del Reglamento General Europeo de Protecci\u00f3n de Datos 679\/2016, de 27 de abril (RGPD), ), y los art\u00edculos 5, 6, y 11 de la Ley Org\u00e1nica 3\/2018, de 5 de diciembre, de Protecci\u00f3n de Datos Personales y Garant\u00eda de Derechos Digitales (LOPDGDD), respecto al tratamiento y al deber de confidencialidad, que los datos personales que nos ha facilitado, ser\u00e1n tratados por INVERLOBOS, S.L., como Responsable del tratamiento, a efectos de facturaci\u00f3n\/ con la finalidad de cumplir los compromisos entre las partes, gestiones relacionadas con la precontrataci\u00f3n\/contrataci\u00f3n, mantenimiento de la relaci\u00f3n precontractual\/contractual y gesti\u00f3n interna empresa-cliente. Los datos proporcionados se conservar\u00e1n mientras se mantenga vigente la relaci\u00f3n comercial o durante los a\u00f1os necesarios para cumplir las obligaciones legales. Los datos personales no se ceder\u00e1n a terceros salvo en los casos en que exista una obligaci\u00f3n legal.<\/p>\n<p><strong>Mediante la lectura y validaci\u00f3n del presente documento, se consiente y autoriza expresamente a INVERLOBOS, S.L., a que recoja y almacene los datos personales, con la finalidad anteriormente mencionada. <\/strong><\/p>\n<p>El interesado tendr\u00e1 derecho a retirar su consentimiento en cualquier momento. La retirada del consentimiento no afectar\u00e1 a la licitud del tratamiento basada en el consentimiento previo a su retirada. (art\u00edculo 7.3 del RGPD).<\/p>\n<p>En el supuesto de producirse alguna modificaci\u00f3n\/variaci\u00f3n de sus datos personales, rogamos nos lo comunique debidamente por escrito, con la finalidad de mantener sus datos personales actualizados.<\/p>\n<p>INVERLOBOS, S.L., garantiza el buen uso de la informaci\u00f3n, y en especial a los datos de car\u00e1cter personal contenidos en nuestros ficheros, as\u00ed como el pleno cumplimiento de las obligaciones en materia de protecci\u00f3n de datos de car\u00e1cter personal.<\/p>\n<p>INVERLOBOS, S.L., aplicar\u00e1n medidas t\u00e9cnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo, que en su caso incluya, en conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo 32 Reglamento General Europeo de Protecci\u00f3n de Datos 679\/2016, de 27 de abril (RGPD) entre otros: a) la seudonimizaci\u00f3n y el cifrado de datos personales;b) la capacidad de garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento; c) la capacidad de restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma r\u00e1pida en caso de incidente f\u00edsico o t\u00e9cnico; d) un proceso de verificaci\u00f3n, evaluaci\u00f3n y valoraci\u00f3n regulares de la eficacia de las medidas t\u00e9cnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento.<\/p>\n<p>El responsable del tratamiento tomar\u00e1n medidas para garantizar que cualquier persona que act\u00fae bajo la autoridad del responsable del tratamiento y tenga acceso a datos personales, solo pueda tratar dichos datos siguiendo instrucciones del responsable, salvo que est\u00e9 obligada a ello en virtud del Derecho de la Uni\u00f3n o de los Estados miembros.<\/p>\n<p>INVERLOBOS, S.L., se compromete a no tratar los datos de car\u00e1cter personal para finalidades diferentes a las pactadas, as\u00ed como a no cederlos ni a comunicarlos a terceros salvo obligaci\u00f3n legal.<\/p>\n<p>INVERLOBOS, S.L., se obliga a cumplir con el secreto profesional y de confidencialidad respecto a los datos de car\u00e1cter personal objeto del tratamiento, debiendo guardar secreto profesional y confidencialidad durante la vigencia del servicio contratado, y con posterioridad a la expiraci\u00f3n del mismo. Asimismo se obliga a informar y hacer cumplir a sus empleados, las obligaciones legales establecidas por ley, y en especial, el deber de secreto, confidencialidad y cumplimiento de las medidas de seguridad de los ficheros informatizados\/no informatizados con datos de car\u00e1cter personal.<\/p>\n<p>INVERLOBOS, S.L., est\u00e1 facultada para conservar los datos de car\u00e1cter personal, debidamente bloqueados, en tanto pudieran derivarse responsabilidades de su relaci\u00f3n con el Responsable del tratamiento\/Cliente o cuando exista una obligaci\u00f3n legal de conservaci\u00f3n de dichos datos exigible al Encargado del tratamiento.<\/p>\n<p>INVERLOBOS, S.L., garantiza, conforme a la normativa vigente comunitaria y nacional en materia de protecci\u00f3n de datos personales, la protecci\u00f3n de los datos de car\u00e1cter personal y el ejercicio por sus titulares de los derechos, reconocidos en los art\u00edculos del 15 al 21 del Reglamento General Europeo de Protecci\u00f3n de Datos 679\/2016, de 27 de abril (RGPD), y de los art\u00edculos 13 al 18 de la Ley Org\u00e1nica 3\/2018, de 5 de diciembre, de Protecci\u00f3n de Datos Personales y Garant\u00eda de Derechos Digitales (LOPDGDD).<\/p>\n<p>No se ceder\u00e1n datos a terceros, salvo obligaci\u00f3n legal. Los derechos que le asisten son el de presentar una reclamaci\u00f3n ante una autoridad de control, el derecho de acceso, rectificaci\u00f3n, cancelaci\u00f3n, limitaci\u00f3n u oposici\u00f3n a su tratamiento (DERECHOS ARCO), a la transparencia de la informaci\u00f3n, supresi\u00f3n (derecho al olvido), portabilidad de sus datos personales, previa acreditaci\u00f3n de su identidad, mediante solicitud\/petici\u00f3n remitida por correo postal\/correo electr\u00f3nico, a la direcci\u00f3n postal \/correo electr\u00f3nico de la empresa, con direcci\u00f3n en la calle Rosa de La Monja, S.N., c\u00f3digo postal 35600, Puerto del RosarioLas Palmas.<\/p>\n<p><strong><u>ANEXO EN MATERIA DE PROTECCI\u00d3N DE DATOS PERSONALES. PREVENCION DE SEGURIDAD SANITARIA CORONAVIRUS. <\/u><\/strong><\/p>\n<p><strong><u>Se le informa, que conforme a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 21\/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevenci\u00f3n, y la Ley 2\/2021, de 29 de marzo, contenci\u00f3n y coordinaci\u00f3n para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19<\/u><\/strong>, as\u00ed como prevenir posibles rebrotes:<\/p>\n<p>Las medidas preventivas previstas, se encuadran en la acci\u00f3n decidida del Gobierno Espa\u00f1ol para proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, contener la progresi\u00f3n de la enfermedad y reforzar el sistema de salud p\u00fablica (garantizar el derecho a la vida y a la protecci\u00f3n de salud\/medidas que se deben adoptar para evitar la generaci\u00f3n de riesgos de propagaci\u00f3n de la enfermedad COVID-19).<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4. Deber de cautela y protecci\u00f3n.<\/p>\n<p>Todos los ciudadanos deber\u00e1n adoptar las medidas necesarias para evitar la generaci\u00f3n de riesgos de propagaci\u00f3n de la enfermedad COVID-19, as\u00ed como la propia exposici\u00f3n a dichos riesgos, con arreglo a lo que se establece en este real decreto-ley. Dicho deber de cautela y protecci\u00f3n ser\u00e1 igualmente exigible a los titulares de cualquier actividad regulada en este real decreto-ley.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7. Centros de trabajo.<\/p>\n<ol>\n<li>Sin perjuicio del cumplimiento de la normativa de prevenci\u00f3n de riesgos laborales y del resto de la normativa laboral que resulte de aplicaci\u00f3n, el titular de la actividad econ\u00f3mica o, en su caso, el director de los centros y entidades, deber\u00e1:<\/li>\n<li>a) Adoptar medidas de ventilaci\u00f3n, limpieza y desinfecci\u00f3n adecuadas a las caracter\u00edsticas e intensidad de uso de los centros de trabajo, con arreglo a los protocolos que se establezcan en cada caso.<\/li>\n<li>b) Poner a disposici\u00f3n de los trabajadores agua y jab\u00f3n, o geles hidroalcoh\u00f3licos o desinfectantes con actividad virucida, autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad para la limpieza de manos.<\/li>\n<li>c) Adaptar las condiciones de trabajo, incluida la ordenaci\u00f3n de los puestos de trabajo y la organizaci\u00f3n de los turnos, as\u00ed como el uso de los lugares comunes de forma que se garantice el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal m\u00ednima de 1,5 metros entre los trabajadores. Cuando ello no sea posible, deber\u00e1 proporcionarse a los trabajadores equipos de protecci\u00f3n adecuados al nivel de riesgo.<\/li>\n<li>d) Adoptar medidas para evitar la coincidencia masiva de personas, tanto trabajadores como clientes o usuarios, en los centros de trabajo durante las franjas horarias de previsible mayor afluencia.<\/li>\n<li>e) Adoptar medidas para la reincorporaci\u00f3n progresiva de forma presencial a los puestos de trabajo y la potenciaci\u00f3n del uso del teletrabajo cuando por la naturaleza de la actividad laboral sea posible.<\/li>\n<li>Las personas que presenten s\u00edntomas compatibles con COVID-19 o est\u00e9n en aislamiento domiciliario debido a un diagn\u00f3stico por COVID-19 o que se encuentren en periodo de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto estrecho con alguna persona con COVID-19 no deber\u00e1n acudir a su centro de trabajo.<\/li>\n<li>Si un trabajador empezara a tener s\u00edntomas compatibles con la enfermedad, se contactar\u00e1 de inmediato con el tel\u00e9fono habilitado para ello por la comunidad aut\u00f3noma o centro de salud correspondiente, y, en su caso, con los correspondientes servicios de prevenci\u00f3n de riesgos laborales. De manera inmediata, el trabajador se colocar\u00e1 una mascarilla y seguir\u00e1 las recomendaciones que se le indiquen, hasta que su situaci\u00f3n m\u00e9dica sea valorada por un profesional sanitario.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Art\u00edculo 23. Obligaci\u00f3n de informaci\u00f3n.<\/p>\n<ol>\n<li>Se establece la obligaci\u00f3n de facilitar a la autoridad de salud p\u00fablica competente todos los datos necesarios para el seguimiento y la vigilancia epidemiol\u00f3gica del COVID-19 que le sean requeridos por esta, en el formato adecuado y de forma diligente, incluidos, en su caso, los datos necesarios para la identificaci\u00f3n personal.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Art\u00edculo 26. Provisi\u00f3n de informaci\u00f3n esencial para la trazabilidad de contactos.<\/p>\n<p>Los establecimientos, medios de transporte o cualquier otro lugar, centro o entidad p\u00fablica o privada en los que las autoridades sanitarias identifiquen la necesidad de realizar trazabilidad de contactos, tendr\u00e1n la obligaci\u00f3n de facilitar a las autoridades sanitarias la informaci\u00f3n de la que dispongan o que les sea solicitada relativa a la identificaci\u00f3n y datos de contacto de las personas potencialmente afectadas.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 27. Protecci\u00f3n de datos de car\u00e1cter personal.<\/p>\n<ol>\n<li>El tratamiento de la informaci\u00f3n de car\u00e1cter personal que se realice como consecuencia del desarrollo y aplicaci\u00f3n del presente real decreto-ley se har\u00e1 de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016\/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protecci\u00f3n de las personas f\u00edsicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulaci\u00f3n de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95\/46\/CE, en la Ley Org\u00e1nica 3\/2018, de 5 de diciembre, de Protecci\u00f3n de Datos Personales y garant\u00eda de los derechos digitales, y en lo establecido en los art\u00edculos ocho.1 y veintitr\u00e9s de la Ley 14\/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. En particular, las obligaciones de informaci\u00f3n a los interesados relativas a los datos obtenidos por los sujetos incluidos en el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n del presente real decreto-ley se ajustar\u00e1n a lo dispuesto en el art\u00edculo 14 del Reglamento (UE) 2016\/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, teniendo en cuenta las excepciones y obligaciones previstas en su apartado 5.<\/li>\n<li>El tratamiento tendr\u00e1 por finalidad el seguimiento y vigilancia epidemiol\u00f3gica del COVID-19 para prevenir y evitar situaciones excepcionales de especial gravedad, atendiendo a razones de inter\u00e9s p\u00fablico esencial en el \u00e1mbito espec\u00edfico de la salud p\u00fablica, y para la protecci\u00f3n de intereses vitales de los afectados y de otras personas f\u00edsicas al amparo de lo establecido en el Reglamento (UE) 2016\/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016. Los datos recabados ser\u00e1n utilizados exclusivamente con esta finalidad<\/li>\n<\/ol>\n<p>Conforme a la normativa europea (RGPD EUROPEO) y espa\u00f1ola (LOPDGDD ESPA\u00d1OLA) en materia de protecci\u00f3n de datos personales, la base jur\u00eddica para el tratamiento l\u00edcito de datos personales en casos excepcionales, como el control de epidemias y su propagaci\u00f3n, la misi\u00f3n realizada en inter\u00e9s p\u00fablico (art. 6.1.e) o los intereses vitales del interesado u otras personas f\u00edsicas (art. 6.1.d), sin perjuicio de que puedan existir otras bases como, por ejemplo, el cumplimiento de una obligaci\u00f3n legal (para el empleador en la prevenci\u00f3n de riesgos laborales de su personal). Estas bases jur\u00eddicas permiten el tratamiento de datos sin consentimiento de los afectados.<\/p>\n<p>Destacar la Ley Org\u00e1nica 3\/1986 de Medidas Especiales en Materia de Salud P\u00fablica (modificada mediante Real Decreto-ley 6\/2020, de 10 de marzo) o la Ley 33\/2011 General de Salud P\u00fablica. La primera de dichas normas se\u00f1ala que \u201ccon el fin de controlar las enfermedades transmisibles, la autoridad sanitaria, adem\u00e1s de realizar las acciones preventivas generales, podr\u00e1 adoptar las medidas oportunas para el control de los enfermos, de las personas que est\u00e9n o hayan estado en contacto con los mismos y del medio ambiente inmediato, as\u00ed como las que se consideren necesarias en caso de riesgo de car\u00e1cter transmisible\u201d.<\/p>\n<p>En materia de riesgo de transmisi\u00f3n de enfermedades, epidemia, crisis sanitarias etc., la normativa aplicable ha otorgado a las autoridades sanitarias de las distintas AAPP las competencias para adoptar las medidas necesarias previstas por la ley cuando as\u00ed lo exijan razones sanitarias de urgencia o necesidad. Desde un punto de vista de tratamiento de datos personales, la protecci\u00f3n de los intereses vitales de las personas f\u00edsicas corresponde en el \u00e1mbito de la salud a las distintas autoridades sanitarias de las diferentes administraciones p\u00fablicas, quienes podr\u00e1n adoptar las medidas necesarias para salvaguardar a las personas en situaciones de emergencia sanitaria.<\/p>\n<p>As\u00ed, ser\u00e1n las autoridades sanitarias de las distintas AAPP quienes deber\u00e1n adoptar las decisiones necesarias, y los distintos responsables de los tratamientos de datos personales deber\u00e1n seguir dichas instrucciones, incluso cuando ello suponga un tratamiento de datos personales de salud.<\/p>\n<p>Los tratamientos de datos personales, a\u00fan en estas situaciones de emergencia sanitaria, deben seguir siendo tratados de conformidad con la normativa de protecci\u00f3n de datos personales (RGPD y Ley Org\u00e1nica 3\/2018 de Protecci\u00f3n de Datos Personales y garant\u00eda de los derechos digitales), ya que estas normas han previsto esta eventualidad, por lo que le son de aplicaci\u00f3n sus principios, y entre ellos el de tratar los datos personales con licitud, lealtad y transparencia, limitaci\u00f3n de la finalidad (en este caso, salvaguardar los intereses de las personas ante esta situaci\u00f3n de pandemia), principio de exactitud, y el principio de minimizaci\u00f3n de datos.<\/p>\n<p><strong><u>Se le informa del Decreto ley 11\/2021, de 2 de septiembre del Gobierno de Canarias, por el que se establece el r\u00e9gimen jur\u00eddico de alerta sanitaria y las medidas para el control y gesti\u00f3n de la pandemia de COVID-19 en Canarias. <\/u><\/strong><\/p>\n<p>Art\u00edculo 1.- Objeto.<\/p>\n<p>Es objeto de este Decreto ley la regulaci\u00f3n del r\u00e9gimen jur\u00eddico de alerta sanitaria y las medidas para el control y gesti\u00f3n de la pandemia de COVID-19, en el marco establecido por la Ley Org\u00e1nica 3\/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud P\u00fablica, la Ley 2\/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevenci\u00f3n, contenci\u00f3n y coordinaci\u00f3n para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, la normativa b\u00e1sica del Estado y la normativa de desarrollo de Canarias.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6.- Deber de cautela y protecci\u00f3n.<\/p>\n<ol>\n<li>Todas las personas que se encuentren en el territorio de la Comunidad Aut\u00f3noma de Canarias deber\u00e1n adoptar las medidas necesarias para evitar la generaci\u00f3n de riesgos de propagaci\u00f3n de la enfermedad COVID-19, incluyendo el cumplimiento del aislamiento o cuarentena prescritos por un profesional sanitario, as\u00ed como la propia exposici\u00f3n a dichos riesgos. Este deber de cautela y protecci\u00f3n ser\u00e1 igualmente exigible a las personas titulares de cualquier actividad.<\/li>\n<li>Cualquier persona que experimente alguno de los s\u00edntomas compatibles con la COVID-19 que establezca la autoridad sanitaria, permanecer\u00e1 en su domicilio, lo comunicar\u00e1 a su servicio sanitario y seguir\u00e1 las medidas que se le indiquen.<\/li>\n<li>Asimismo, deber\u00e1n respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevenci\u00f3n de la COVID-19.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Art\u00edculo 17.- Tratamientos tasados de datos personales en relaci\u00f3n con la situaci\u00f3n epidemiol\u00f3gica y contactos.<\/p>\n<ol>\n<li>El tratamiento de los datos personales necesarios para la gesti\u00f3n de las actuaciones reguladas en este t\u00edtulo, realizado por las administraciones sanitarias, por el sistema canario de seguridad y emergencias, por el sistema de protecci\u00f3n civil, por las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y las polic\u00edas auton\u00f3mica y locales, as\u00ed como por las personas que lleven a cabo tareas de rastreo de contagios y contactos cualquiera que sea su vinculaci\u00f3n con la administraci\u00f3n sanitaria, se encuentran amparado en las letras g), h), i) y j) del art\u00edculo 9.2 del Reglamento General de Protecci\u00f3n de Datos dada la actual situaci\u00f3n de emergencia sanitaria.<\/li>\n<li>Los datos se\u00f1alados en el apartado anterior, por las razones indicadas en el mismo, podr\u00e1n ser comunicados utilizando, si es preciso, medios telem\u00e1ticos que garanticen la actualizaci\u00f3n permanente y la posibilidad de acceso continuo por parte de la autoridad policial y los servicios competentes para el control de la obligaci\u00f3n de confinamiento, incluida la Inspecci\u00f3n de Educaci\u00f3n y los servicios p\u00fablicos de emergencia cuando se les encomiende esta tarea. Este tratamiento se efectuar\u00e1 de conformidad con lo dispuesto en la normativa sobre protecci\u00f3n de datos personales.<\/li>\n<li>Toda aplicaci\u00f3n de lo dispuesto en este art\u00edculo deber\u00e1 respetar las garant\u00edas jur\u00eddicas establecidas en la Ley Org\u00e1nica 3\/2018, de 5 de diciembre, de Protecci\u00f3n de Datos, y, en particular, las autoridades y el personal empleado p\u00fablico que intervengan en la aplicaci\u00f3n de estas medidas quedar\u00e1n obligados, bajo las responsabilidades que procedan, al tratamiento de los datos personales de conformidad con la normativa de protecci\u00f3n de datos y, en especial, con estricta sujeci\u00f3n a lo establecido en el art\u00edculo 5 del Reglamento General de Protecci\u00f3n de Datos, y, entre ellos, los de tratamiento de los datos personales con licitud, lealtad, limitaci\u00f3n de la finalidad, exactitud y minimizaci\u00f3n de estos, as\u00ed como a guardar el secreto.<\/li>\n<\/ol>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>INVERLOBOS, S.L., con C.I.F. 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